¿Por qué se extinguen mis prestaciones por incapacidad?

Cuando una persona es incapaz de realizar una actividad lucrativa sustancial (SGA) debido a una enfermedad, lesión o discapacidad de larga duración, esa persona puede tener derecho a solicitar prestaciones de incapacidad de la Seguridad Social (SSD). Sin embargo, en determinadas circunstancias, la Administración de la Seguridad Social (SSA) puede poner fin a esas prestaciones.

Si usted ha sufrido una lesión o enfermedad que le impide trabajar en cualquier trabajo y en cualquier capacidad, es esencial que usted tiene un abogado con conocimientos de California SSD de su lado durante todo el proceso de presentación de reclamaciones y durante cualquier apelación. Su abogado podrá tomar las medidas necesarias para ayudarle a conseguir las prestaciones del SSD que se merece. Además, si le cortan o deniegan las prestaciones, su abogado podría ayudarle durante todo el proceso de apelación y trabajar para restablecer las prestaciones a las que tiene derecho a percibir.

Requisitos para percibir prestaciones del SSD

Para que un trabajador tenga derecho a solicitar y percibir prestaciones de la SSD, no debe poder realizar ninguna actividad lucrativa sustancial, tal y como indique un informe médico. En concreto, esto significa que el trabajador no puede desempeñar ningún puesto de trabajo, y en ninguna capacidad, debido a una lesión, discapacidad o enfermedad de larga duración. Para demostrar que un trabajador está realmente incapacitado, un profesional sanitario debe estar dispuesto a declarar por escrito, y con un grado razonable de probabilidad médica, que una lesión o enfermedad de larga duración impide a la persona poder trabajar.

Muchas solicitudes de incapacidad se deniegan, al menos inicialmente, porque no se incluye la documentación médica necesaria como parte de la solicitud. Por lo tanto, es esencial que cuente en su caso con un profesional sanitario dispuesto a ayudarle a hacer frente a su carga legal.

Motivos por los que se extinguen con frecuencia las prestaciones del SSD

Uno de los motivos más comunes por los que se extinguen las prestaciones del SSD es porque la persona lesionada o enferma vuelve a trabajar. Cuando eso ocurre, y el trabajador es capaz de reincorporarse a una actividad lucrativa sustancial, las prestaciones del SSD podrían quedar legalmente suprimidas. A los ojos de la SSA, el antiguo trabajador lesionado/enfermo ya no necesita prestaciones del SSD en estas circunstancias.

Además, si el trabajador lesionado o enfermo alcanza la plena edad de jubilación, que actualmente es de 66 años, pueden extinguirse las prestaciones del SSD. Asimismo, si un trabajador es condenado por un delito que da lugar a un periodo de encarcelamiento, las prestaciones del SSD pueden quedar interrumpidas durante el periodo en que la persona esté encarcelada. Por último, si la Administración de la Seguridad Social determina que la lesión, enfermedad o afección psiquiátrica debilitante de una persona ha mejorado, las prestaciones pueden extinguirse en determinadas circunstancias.

En algunos casos, se puede recurrir la extinción de las prestaciones del SSD. Un abogado experto en SSD de California será capaz de revisar los hechos y circunstancias de su caso y determinar si usted podría ser elegible para presentar una solicitud de restablecimiento de sus beneficios. Si es así, su abogado podría ayudarle a lo largo de ese proceso.