¿Cubre la indemnización por accidente de trabajo el COVID-19?
Actualizado 21/12/2020
El gobernador Gavin Newsom el 17 de septiembre de 2020, firmó el SB 1159 que codifica la presunción COVID-19 creada por la Orden Ejecutiva N-62-20 y proporciona dos nuevas presunciones refutables de que la enfermedad COVID-19 de un empleado es una lesión ocupacional y por lo tanto elegible para beneficios de compensación de trabajadores si se cumplen los criterios especificados. Los empleados enfermos pueden quedarse en casa y recibir prestaciones de compensación laboral, reduciendo así la propagación del virus a otras personas en el trabajo y en la comunidad. La nueva ley anima a los empresarios a cumplir todas las directrices y orientaciones sanitarias locales relativas a la reapertura segura de las empresas para reducir el riesgo de exposición y mitigar los brotes en el lugar de trabajo.
Algunas personas han acudido al trabajo durante toda la pandemia, mientras que otras se están adaptando a su reciente regreso o se preparan para volver. Con la lenta reapertura de California, muchas personas se han estado preguntando sobre sus derechos a las prestaciones de compensación de los trabajadores si contraen COVID-19 debido a la exposición en el lugar de trabajo. En mayo, el gobernador Gavin Newsome facilitó a los empleados obligados a trabajar fuera de casa el acceso a las prestaciones de compensación laboral para el tratamiento del coronavirus.
Recursos adicionales:
COVID-19 Recursos e indemnización de los trabajadores
Demostrar una enfermedad laboral
Aunque la indemnización por accidente laboral suele asociarse a accidentes y lesiones en el trabajo, esta cobertura puede aplicarse también a las enfermedades profesionales. Se trata, entre otras muchas, de enfermedades derivadas de la exposición a sustancias tóxicas en el trabajo. No obstante, el trabajador debe demostrar que la exposición se produjo en el trabajo y no en cualquier otro lugar o actividad.
El requisito de prueba de la causalidad suele descartar las enfermedades comunes al público en general como «enfermedades laborales«. Esto se debe a que puede ser difícil -o imposible- saber si el trabajador contrajo la enfermedad en el lugar de trabajo o en actividades cotidianas en público. Dado que se puede contraer COVID-19 de casi cualquier persona y en cualquier lugar, esto suscitó preocupación sobre la elegibilidad de la compensación de los trabajadores que ponen en riesgo su salud para mantener sus puestos de trabajo y por el bien del público y la economía.
Decreto del Gobernador
El 6 de mayo, el Gobernador promulgó la Orden Ejecutiva N-62-20 relativa a los trabajadores de California y a la cobertura de las indemnizaciones por accidentes laborales. La Orden creó una presunción refutable de que el COVID-19 y las enfermedades relacionadas se contrajeron en el lugar de trabajo de un empleado en determinadas situaciones. Esto significaría que el trabajador no tendría que presentar pruebas iniciales de que estuvo expuesto en el trabajo para que la demanda siguiera adelante.
Otros estados han aprobado normas similares que aumentan el derecho a indemnización por accidente de trabajo para el COVID-19, aunque la mayoría de los estados sólo protegen a los trabajadores de «primera línea», como los que responden a emergencias, las fuerzas de seguridad y los profesionales sanitarios. Sin embargo, tanto Illinois como California han dado un paso más y han aumentado la protección de todos los trabajadores esenciales que no pueden quedarse en casa.
Existen los siguientes requisitos para tener derecho a la indemnización por accidente de trabajo:
- El trabajador realizaba su trabajo fuera de su domicilio
- Las obras tuvieron lugar entre el 19 de marzo y el 5 de julio de 2020
- En los 14 días siguientes a la realización del trabajo, el empleado ha dado positivo en la prueba COVID-19 o ha sido diagnosticado de otro modo por un médico colegiado (el diagnóstico debe confirmarse mediante una prueba positiva en los 30 días siguientes).
Si un trabajador cumple todos los criterios anteriores, existe la presunción de que su diagnóstico se derivó de su trabajo, y el trabajador debería tener derecho a prestaciones. Sin embargo, se trata de una presunción «refutable», lo que significa que el empresario puede presentar pruebas en los 30 días siguientes a la reclamación para demostrar que la exposición no estaba relacionada con el trabajo. Puede ser una presunción difícil de superar, y muchas empresas pueden no tener los recursos o la voluntad de luchar contra todas las reclamaciones.
Prestaciones por accidentes de trabajo para COVID-19
Si presenta una reclamación tras haber sido diagnosticado de coronavirus y su empresa no la impugna con éxito, puede optar a distintos tipos de prestaciones. Pueden incluir la cobertura de los siguientes costes y pérdidas:
- Pruebas
- Visitas al médico
- Tratamiento en urgencias
- Hospitalización
- Cuidados intensivos
- Medicamentos
- Cuidado posterior
- Prestaciones de invalidez durante la baja laboral
Además, si su familia cercana ha fallecido recientemente a causa del COVID-19 después de presentarse en su lugar de trabajo, podría tener derecho a prestaciones por defunción.
Cualquier persona que cree que su diagnóstico coronavirus estaba conectado a su trabajo debe hablar con un abogado de compensación de trabajadores con experiencia Garden Grove tan pronto como sea posible. Incluso con la Orden Ejecutiva, estas reclamaciones no serán fáciles, y usted quiere luchar por los beneficios que merece por poner su vida en peligro.