¿Qué son las prestaciones por incapacidad permanente?
Sufrir una lesión en el trabajo o contraer una enfermedad profesional puede mermar su capacidad de mantenerse económicamente. Y si las lesiones o la enfermedad te dejan una incapacidad duradera o permanente, los efectos pueden alterar tu vida y la ley los contempla como tales. Incluso si usted vuelve a trabajar en alguna capacidad, beneficios por incapacidad permanente puede ser una opción, y trabajar con un abogado con experiencia de compensación de trabajadores de San José es el paso más importante que puede tomar hacia la protección de sus derechos en la materia y la obtención de la indemnización a la que tiene derecho.
¿Qué se considera incapacidad permanente?
Una incapacidad permanente (IP) es aquella que el médico que lleva tu caso determina que es permanente o duradera, y a partir de aquí, el profesional médico te asignará una valoración de IP, que guiará las prestaciones que recibas. Su calificación de PD se calculará después de que su médico determine que su lesión o enfermedad relacionada con el trabajo se ha estabilizado en la medida de lo posible y que no es probable que se produzcan más avances o cambios.
Es en este momento cuando su estado se identificará como permanente y estacionario (P&S), lo que a veces se denomina mejoría médica máxima (MMI), y si se trata de una incapacidad permanente, su informe se remitirá al administrador de reclamaciones de indemnización por accidente de trabajo. Por último, si se determina que otra lesión o enfermedad no relacionada con el trabajo ha contribuido a la EP o la ha agravado, las prestaciones pueden prorratearse adecuadamente, lo que significa que se cubrirá el porcentaje de la EP que esté directamente relacionado con el trabajo.
Las prestaciones que recibirá se fijan de acuerdo con la ley
Aunque la mayoría de los empleados que sufren una lesión en el trabajo se recuperan totalmente, algunos no lo hacen. Estas personas son a las que están destinadas a proteger las prestaciones de la DP. Es importante comprender que, si se le conceden prestaciones por incapacidad permanente, sólo se referirán a la pérdida de ingresos, y es poco probable que cubran la totalidad de esta pérdida. Sus prestaciones de EP se fijarán en función de los siguientes factores:
- La fecha en que sufrió la lesión en el trabajo
- La determinación de su nivel de incapacidad por parte de su evaluador médico cualificado (QME), que hace referencia al grado en que se ve afectada su capacidad para trabajar.
- El porcentaje asignado a su nivel de deficiencia, que se utilizará en la fórmula de cálculo junto con su edad y ocupación.
A partir de aquí, un evaluador de incapacidades o el juez de su caso calcularán la PD que tiene derecho a percibir.
Incapacidad permanente total y parcial
Si queda con limitaciones físicas o mentales permanentes en relación con el trabajo que realiza, su EP se tratará como incapacidad permanente total o parcial.
Una incapacidad permanente parcial
La inmensa mayoría de las reclamaciones por incapacidad permanente son por incapacidad permanente parcial, lo que significa que la incapacidad que usted ha sufrido en el trabajo es inferior al 100 %. El porcentaje asignado a su EP determina la cuantía de las prestaciones que percibirá y su duración. La cuantía de la incapacidad permanente parcial suele fijarse en dos tercios de su salario medio semanal en el momento en que sufrió la lesión, que es la misma metodología de cálculo utilizada para la incapacidad permanente total. La principal distinción es la duración de estos pagos, y la fecha en que sufrió una lesión puede desempeñar un papel primordial en sus prestaciones, debido a la evolución de las leyes. Si recibe una valoración porcentual del 50 %, por ejemplo, sus prestaciones durarán bastante más que si su valoración es del 20 %. Además, si su porcentaje es del 70 %, también tendrá derecho a pagos continuos mucho menores que se denominan pensión vitalicia.
Una incapacidad permanente total
La EP total es poco frecuente y se refiere a una calificación porcentual del 100 %, lo que significa que no se espera que vuelva a trabajar nunca más en ningún puesto. Entre los ejemplos que alcanzan este nivel por presunción figuran los siguientes:
- Pérdida de visión en ambos ojos
- Parálisis total
- Pérdida del uso de ambos brazos
Aunque las prestaciones por EP total son permanentes, suelen calcularse a partir de dos tercios de su salario medio semanal en el momento en que sufrió la lesión.